Nuestros servicios

Oficialía de Cumplimiento Independiente conforme a la Circular Única Financiera (CUFSAR)

Conforme a la CUFSAR el Oficial de Cumplimiento Independiente deberá verificar:

1

Que los costos y gastos en los cuales incurre el Instrumento Estructurado correspondan a los necesarios para su funcionamiento (“Supervisión de Gastos”);

2

Que el Instrumento Estructurado cumpla con la normativa aplicable (“Supervisión de Cumplimiento Regulatorio”); y

3

El cumplimiento del Instrumento Estructurado con los lineamientos y manuales internos del Administrador (Supervisión de Normativa Interna”).

El Oficial de Cumplimiento emitirá reportes trimestrales y anuales sobre las actividades que realiza, y en su caso, las observaciones, consideraciones y conclusiones de su revisión, los cuales incluirán los conceptos y apartados antes señalados.

El alcance de los servicios podría incluir ajustes, matices y/o servicios adicionales a petición de la Asamblea correspondiente y/o del Administrador del Instrumento Estructurado.

Actualmente, CHM funge como Oficial de Cumplimiento Independiente en instrumentos públicos y privados, siendo la empresa líder en prestar este servicio en términos de la CUFSAR.

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