Nuestros servicios

Oficialía de Cumplimiento Independiente conforme a la Circular Única Financiera (CUFSAR)

CHM Compliance como Oficial de Cumplimiento, ofrece los siguientes servicios:

1. REVISIONES TRIMESTRALES Y/O ANUALES

Conforme a la CUFSAR el Oficial de Cumplimiento Independiente deberá verificar:

  1. Vigilar que los costos y gastos en los cuales incurre el Instrumento Estructurado correspondan a los necesarios para el funcionamiento del instrumento bajo los conceptos establecidos y revelados al público inversionista (“Supervisión de Costos y Gastos”).
  2. Validar el porcentaje de co-inversión que se presente en los proyectos e inversiones en que invierta el Instrumento Estructurado, dar seguimiento y validar la información sobre los montos invertidos por el administrador respecto a los montos autorizados, los montos de desinversión, y la validación de los flujos de capital que presente el fideicomiso (“Supervisión de Co-Inversiones, Inversiones, Desinversiones y Flujos de Capital”).
  3. Vigilar que el Instrumento Estructurado cumpla con la Normativa Aplicable (“Supervisión de Cumplimiento Regulatorio”).
  4. Vigilar que el Administrador del Instrumento Estructurado cumpla con sus lineamientos y manuales internos, así como con las características de experiencia y cualificaciones requeridas por la norma (“Supervisión de Cumplimiento Interno”).

El Oficial de Cumplimiento emitirá reportes trimestrales y anuales sobre las actividades que realiza, y en su caso, las observaciones, consideraciones y conclusiones de su revisión, los cuales incluirán los conceptos y apartados antes señalados.

El alcance de los servicios podría incluir ajustes, matices y/o servicios adicionales a petición de la Asamblea correspondiente y/o del Administrador del Instrumento Estructurado.

Actualmente, CHM funge como Oficial de Cumplimiento Independiente en instrumentos públicos y privados, siendo la empresa líder en prestar este servicio en términos de la CUFSAR.

2. REVISIONES ESPECIALES DE COSTOS Y GASTOS

Adicionalmente a las revisiones trimestrales y anuales, el Oficial de Cumplimiento podrá realizar revisiones especiales de costos y gastos del fideicomiso.

El Oficial de Cumplimiento entregará un reporte especial sobre las actividades que realiza, y en su caso, las observaciones, consideraciones y conclusiones de su revisión, señalando si los flujos de efectivo corresponden con los fines del fideicomiso y a lo establecido en los documentos de la operación.

3. REVISIONES HISTÓRICAS

Asimismo, y a solicitud de los inversionistas, el Oficial de Cumplimiento podrá realizar revisiones históricas de la información, considerando el alcance de los servicios previstos en los numerales 1 y/o 2 anteriores.

En ese sentido, el Oficial de Cumplimiento entregará un reporte especial sobre las actividades que realiza, y en su caso, las observaciones, consideraciones y conclusiones de su revisión, señalando si el Administrador han dado cumplimiento a sus actividades y funciones, así como a la normativa aplicable y a lo establecido en los documentos de la operación, durante los periodos revisados.

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